PORQUE ESTAMOS EN EPOCAS ELECTORALES, HOY LE HABLO A LOS COMUNALES DE COLOMBIA
Presten atención a esto, el articulo 40 Ley 2166/2021 establece que las autoridades del respectivo departamento, distrito, municipio y localidad atenderán a los organismos de primer y segundo grado por lo menos una vez al año; a las federaciones 3 veces al año por el gobernador, a las asociaciones y federaciones una vez al semestre por el concejo Municipal Distrital o asambleas departamental en época de discusión del presupuesto de la entidad territorial
¿Me pregunto, para qué pedimos
que nos atiendan nuestros mandatarios? Ahora si Ud. es amigo y lo apoyó
políticamente tal vez pueda conseguir algo, pero para su calle o cuadra donde
usted vive y punto y así, Ud. saca pecho y lo cacarea en su cuadra y se erige
como líder que gestiona y consigue, ¿Pero para su comunidad llamada barrio,
comuna, municipio o departamento a la que usted representa y quien lo eligió qué,
nada de nada? Piense, piense, y no deje de pensar, ¿es verdad o mentiras
lo que les digo? Otra cosa distinta, es que nos reunamos con nuestros
mandatarios para hacerle el seguimiento y control al “Presupuesto
participativo,” ¿Verdad que sí?
De otro lado prestemos atención lo que dice el artículo 46
de la ley 2166/2021 con respecto a las funciones de la Junta directiva de los
OC:
Qué, deben presentar el PDDComunal
a consideración de la asamblea general para su aprobación y luego lo lleven al
municipio, distrito, departamento o a la nación con el objeto de que sean
incluidos en sus PDD.
Mas adelante la ley en su artículo
47 dice que, los entes territoriales podrán incluir dentro de sus PDD,
el presupuesto destinado para las juntas de acción comunal, según lo disponga
la política pública, escúchese bien, podrán, que significa querer o no
hacerlo, no es un mandato, es una simple mentira que no conduce a nada bueno a
favor de nuestras comunidades, quiero decir.
Siendo así, se imagina Uds. de cumplir con su obligación los
OC de formular y entregar sus PDDComunal a sus respectivos entes territoriales,
¿Los cientos de bolsas de basuras que llenarán los entes territoriales con
nuestros PDDComunales? ¿O me equivoco?
CONCLUSIÓN: Comunales, si
en los PDD, no están incluidos los Presupuestos Participativos, no más
reuniones inútiles, no a la entrega de PDDComunales a menos que Ud. sea buen
amigo, panita, llave y líder político uno A del mandatario de turno del cual
espera que le pavimente la esquina de la cuadra de su casa.
Así las cosas, el derecho en
adelante es exigirle mediante documento firmado a nuestros candidatos de los
entes territoriales que en sus PDD incluyan los “Presupuestos Participativos” con
una afectación presupuestal cuando mínimo, del 5% de su impuesto predial o de
sus recursos propios que beneficien de verdad a su comuna, municipio,
departamento, o nación, antes que pensar en mi cuadra, o la calle donde vivo.
Espere próximo video, ¿Qué son y
cómo funcionan los presupuestos participativos?
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